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Contratos y cambio de categoría





El Convenio que aplica en Conasa es el del Comercio del Metal de Navarra. Hoy vamos a hablar y explicar el tipo de contrato más habitual entre lxs compañerxs: el de “Profesionales de Oficio”.

En torno a 150 personas de la Empresa, estamos encuadradxs en alguna de sus vertientes. Y es que los profesionales de oficio tienen a su vez 3 sub-categorías con estos salarios base definidos:

Ayudante de Oficio - 1.233,50€/mes
Oficial de II - 1.325,54€/mes  (+92,04€)
Oficial de I  - 1.469,54€/mes  (+144€)


En primer lugar tenemos el Ayudante de Oficio, que suele ser la categoría más habitual para las nuevas contrataciones. Nuestro convenio dicta que lxs Ayudantes de Oficio con más de 4 años de antigüedad, pasarán a la categoría de Oficial de II. 
Finalmente, lxs Ayudantes de Oficio de II que lleven 3 años en la misma, pasarán a la categoría de Oficial de I. 






Más allá de ésta, no corresponden ningún nuevo tipo de categoría, siendo el ‘tope’ el contrato de Oficial de Primera. Por tanto, podemos decir que una de las principales características de este tipo de contratos, es que establece una progresión objetiva en el tiempo: justa e igual para todxs, que junto con la Antigüedad, permite un desarrollo personal dentro de la compañía.


Dicho esto, en Conasa llevamos años en el que la Empresa lleva unilateralmente inaplicando esta normativa. Es decir, que cuando un trabajador lleva 4 años como Ayudante de Oficio o 3 años de Oficial de Segunda, la Empresa no reconoce el derecho del cambio de categoría y no actualiza la base salarial de lxs compañerxs a quienes les corresponde el cambio automático.

Llegado este escenario, sólo queda reclamarlo por la vía judicial (de forma individual). Es por ello que, desde este sindicato, realizamos un seguimiento minucioso del censo. Calculamos los cambios de contrato previstos cada año, informamos a lxs trabajadorxs  afectados, se asesora. Finalmente se interpone la demanda y acudimos personalmente al juicio como testigos.

Son ya más de 10 juicios los que Conasa ha forzado a realizar a sus trabajadorxs, con el 100% de los casos ganados por los trabajadorxs. Una práctica que, pese a estar demostrada su ilegalidad a tenor de las sentencias, la Empresa fuerza una y otra vez. Un escenario tan innecesario como desagradable para todxs.
A fecha de este artículo, hay dos demandas interpuestas por esta causa (la última data de Enero 2019). Deseamos que esta ‘práctica’ cese en algún momento de forma definitiva, mientras tanto seguimos atentos y efectuando este trabajo de seguimiento que nos corresponde, y que ha ayudado a muchxs de lxs compañerxs en la defensa de sus derechos.

También indicar que aún quedan compañerxs en Conasa sin actualizar los cambios de categorías que hemos explicado. Estamos tratando de localizarlxs y trabajar al respecto. Por todo esto, es muy importante revisar en las nóminas que categoría nos aparece, al igual que estar dado de alta en los emails del sindicato para recibir este tipo de información o para ponernos nosotros en contacto de forma preventiva con aquellas personas que en 6-12 meses le corresponderá el cambio y estar preparadxs.

Si eres tu uno de ellxs y necesitas ayuda, por favor contáctanos en el mail ela.conasa@gmail.com

No estamos solxs.

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